Control de empleado deshonesto
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05/11/2018Alzamiento de bienes
El delito de Alzamiento de Bienes viene reflejado en el artículo 257 del Código Penal Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, modificado en el año 2015.
El alzamiento de bienes es un delito socio-económico que consiste en cualquier acción de un deudor dirigida a ocultar todo o parte de su patrimonio, para dificultar al acreedor para hallar elementos patrimoniales con los que poder cubrir su deuda, con la intención de salvar todo o parte de su patrimonio, o bien, incluso de alguna otra persona para obstaculizar la ejecución de los acreedores.
Podríamos decir que la realización o impedimento de un procedimiento (ya sea de carácter ejecutivo, judicial, extrajudicial o administrativo) de un embargo podría ser constitutivo de delito.
En esta categoría se incluyen también los derechos de los trabajadores y se agrava aún más si la deuda es pública (perteneciente a alguna institución de carácter público)
Este delito será perseguido aún cuando tras su comisión se iniciara un proceso de ejecución concursal.
Uno de los servicios que los detectives privados ofrecemos a nuestros clientes particulares es precisamente la investigación de temas referentes al alzamiento de bienes.
Desde nuestro despacho nos encargaremos de localizar dichos bienes, ya sean estos bienes ocultos o bienes desviados. De esta manera el cliente podrá tener una defensa efectiva y podrá llevar a cabo la recuperación de la deuda contraída.
La actuación del detective frente a un caso de alzamiento de bienes se centra en una investigación de caracter económico y, si es necesario, se puede complementar mediante la realización de controles personales sobre el deudor o deudores, para de esta manera, localizar donde se encuentran estos bienes y propiedades.
Consúltenos. Le realizaremos un presupuesto gratuito, desde nuestro despacho trabajaremos para protegeremos sus derechos.