Intrusismo profesional. La lucha
23/11/2016Ponencia: Detective en la Compliance
06/03/2017Compañías de seguros y Mutuas
Sentencia sobre la importancia del detective en casos de incapacidad fraudulenta en las Compañías de seguros y Mutuas.
Con respecto a los casos de fraude a las Compañías de Seguros y Mutuas, los Jueces y Magistrados cada día tienen más en cuenta y valoran más las pruebas aportadas por Agencias de Detectives.
En este caso concreto al que hacemos referencia, la Compañía de Seguros y Mutuas nos encargó la investigación de una persona que estaba percibiendo una prestación económica de invalidez por la afección de degeneración macular que le producía ceguera casi total.
En nuestra intervención profesional averiguamos que era una persona que deambulaba completamente normal y sin ayuda de terceros, realizando cuidados en un huerto y además jugaba a las cartas casi a diario y todo ello sin ningún tipo de problema de visión.
Todo lo indicado lo reflejamos en el oportuno informe por escrito, donde adjuntamos las pruebas gráficas, consistiendo estas en fotografías, así como un video incluyendo el reportaje en movimiento.En estos casos concretos los propios médicos especialistas de las Compañías de seguros y Mutuas son fáciles de engañar, porque si bien, efectivamente, el asegurado tiene algún tipo de deficiencia en la vista, en las pruebas de visión exageran el déficit de visión, es decir, hacen ver que no leen correctamente y por lo tanto el facultativo emite un informe acorde a las circunstancias engañosas.
Hemos tenido otros casos de personas con “ceguera total” a los que hemos podido constatar que conducen vehículos sin ningún tipo de problema. Hay que tener en cuenta que solo se investiga una parte muy pequeña de posibles casos de fraude ya que las Compañías de seguros y Mutuas solo solicitan investigar los casos donde ven indicios razonables de irregularidades.
En este caso que estamos comentando, la sentencia se pronuncia en estos términos:
“Quedó claro en las explicaciones dadas por los peritos que aunque haya actividad electriofisiológica en el ojo, la concreta agudeza visual solo puede obtenerse con la colaboración del paciente.
Es aquí donde resulta determinante la testifical del detective privado Abril y las imágenes aportadas en el sentido de no dar credibilidad a las pruebas que requieren la colaboración del paciente puesto que las manifestaciones que realiza a los facultativos en dichas pruebas son totalmente contradictorias con las imágenes aportadas a los autos: se observa al actor deambulando solo y sin dificultad.
Se argumenta de contrario que esto puede deberse a la memoria, por conocer los lugares al ser próximos a su domicilio y a su esfuerzo en tener una vida lo más autónoma posible; podría aceptarse dicha razón.
Ahora bien, finalmente nos decantamos por entender que existe más agudeza visual de la que el actor manifiesta a la vista del video aportado en el que, por ejemplo, en el minuto 5:40 se aprecia como esquiva una farola sin siquiera palparla con su bastón o las imágenes tomadas en el casal del jubilado en la que se aprecia que el actor está jugando a las cartas.
Tiene una actitud activa en la mesa, reparte cartas pero resulta sorprendente que lleva puestas unas gafas, lo que descarta que se encuentre allí en una mera actitud de acompañamiento de los jugadores. Si el actor se pone unas gafas es precisamente para ver algo. Y si está en una mesa jugando a las cartas lo más razonable es pensar que lo que quiere ver con las gafas no es otra cosa que las cartas, lo cual no escapa a las reglas de la lógica y la razón que dicha actividad requiere de una cierta capacidad de visión, sea esta mayor o menor.
…. Como señala la jurisprudencia antes transcrita, el invidente requiere naturalmente la colaboración de una tercera persona para la realización de determinadas actividades esenciales en la vida, lo que no se da en este caso vista la testifical del detective privado y en contra de las testificales de la parte actora que, a la vista de ésta imágenes pecas de cierta parcialidad.
…A mayor abundamiento, el propio perito de la parte actora reconoció en el acto de la vista que con la patología que padece es muy difícil jugar a carta y que no puede cuidar solo un huerto. En Base a todo lo anterior se considera que no resulta acreditado el presupuesto fáctico que fundamenta la presente demanda, debiendo ser por ello desestimada.”Desde nuestra agencia ofrecemos los servicios que más demandan las Compañías de Seguros y Mutuas desde el rigor y la profesionalidad que otorgan los cientos de casos con éxito que hemos llevado a cabo.