Últimamente se ha publicado en muchos medios de comunicación que diferentes instituciones públicas como ayuntamientos están contratando detectives privados para controlar y detectar a posibles infractores incívicos* o incluso para controlar a los propios funcionarios en periodo de baja laboral**.
* El Ayuntamiento de Tarragona contrata a Detectives
** Un ayundamiento de Valencia descubre a un funcionario trabajando mientras se encuentra de baja.
Un Ayuntamiento puede contratar los servicios que quiera siempre que se atenga a la Ley de Contratos del Sector Público(Ley 9/2017, de 8 de noviembre) y que esa inversión se efectúe con los procedimientos administrativos establecidos, todo depende de la cuantía.
Está claro que éste es un servicio cuya solicitud es plenamente legal y amparado en la Ley de Seguridad Privada5/2014, en cuyo artículo 48 dice: