El Tribunal de Estrasburgo valida la prueba sobre grabaciones de Detectives Privados
21/06/2014Detective privado: Mas de 40 años de experiencia.
22/11/2014Ley de Seguridad Privada 5/2014
A partir del día 4 de junio de 2014 ha entrado en vigor la nueva Ley de Seguridad Privada.
Ha entrado en vigor la Ley de Seguridad privada 5/2014, de 4 de abril, por la que se regula la actividad profesional del detective privado.
En general, se pasa de un tratamiento normativo parcial a una ley más reguladora de la totalidad de las materias que configuran el sector de la seguridad privada.
En el título preliminar se ha aprovechado para dar definición legal a conceptos que hasta ahora permanecían jurídicamente imprecisos.En el título II se da rango legal a algunos preceptos dedicados a la regulación de despachos de detectives.
El título IV se encarga de regular los servicios de investigación privada, ya que es donde se abordan cuestiones tan delicadas como la legitimidad del encargo, el contenido del informe y el deber de reserva profesional.
En cuanto al apartado de Formación, en su artículo 29, especifica que por la obtención de la habilitación de detective privado se exigirá un título de grado universitario (anteriormente era título propio universitario).En resumen, las funciones y tipo de servicios profesionales se quedan aproximadamente como los definidos en la Ley 23/92, pero ampliando el marco de competencias para los detectives y dejando clara la exclusividad de los detectives privados para investigar delitos privados y los denominados perseguibles a instancia de parte.
Finalmente queda pendiente el Reglamento regulador de esta Ley, el cual definirá claramente todos los aspectos que tiene que ver con las profesiones dentro de la Seguridad Privada en general y de la del detective privado en particular.
Barcelona, 30 de julio de 2014. José María Fernández Abril. Abril Detectives.