Seguimiento personal realizado por el detective privado. Recibimos muchos contactos en nuestra web tras la búsqueda de la palabra "seguimiento" en internet que es una de las tareas que realizamos pero que haría falta matizar.
Esto es lo que dice la ley respecto al seguimiento personal por parte de un detective:
Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. Ámbito de actuación se recoge en su artículo 48 sobre los servicios de investigación privada.
Los detectives estamos legitimados para realizar este tipo de tareas para proteger los intereses de nuestros clientes.