Localización de personas – Caso real Guerra Civil.
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23/11/2017Sentencia Mutua: Denegación de invalidez por fraude
El Sr. José María Fernández Abril declaró como Testigo en un proceso judicial que acabó en Denegación de invalidez por fraude. Explicó que efectuó un seguimiento de las actividades del investigado durante dos días, y que durante este período, el señor salió por la tarde, durante un período largo de horas, hizo recados, acudió a bares, establecimientos comerciales, envió fax, leyó periódicos con y sin gafas, así como utilizaba un teléfono móvil, etc. Que el mismo no tenía dificultades para relacionarse con terceros. Manifestó que el investigado tenía capacidad de desplazamiento, de autonomía personal, aunque con ayuda de muletas.
A continuación se encuentra el extracto de una sentencia de un proceso judicial en el que nuestro despacho demostró un caso que acabó en Denegación de invalidez por fraude:
Informo que el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción, nº 1 de Esplugues de Llobregat, ha dictado sentencia en el procedimiento ordinario .........., instado por el Sr. ..............., en solicitud de la prestación de invalidez PLAN PERSONAL DE PREVISIÓN de 1.502,53.-Euros/mes desde octubre de 2014.
El Sr................ solicitó la prestación de invalidez en fecha 23 de octubre de 2014, denegándose por no hallarse carente de autonomía personal, pese padecer numerosas afecciones y desplazarse con muletas, otorgándose la prestación de Incapacidad Temporal, por sus importantes limitaciones.
Se alegó por la parte actora que no vinculaba la definición de invalidez, puesto que no se había proporcionado la póliza, pero aportamos solicitud de contratación y condiciones particulares firmadas que han sido aceptadas por la Juzgadora:
“Ha resultado acreditado que el Sr. .........., firmó la solicitud de contratación de conformidad, con los Estatutos y Pólizas vigentes, y en fecha 20 de febrero de 2007, aceptó de forma expresa, las condiciones generales y especiales de la póliza Plan Personal de Previsión, tal como se desprende del documento nº 2 aportado junto con el escrito de contestación a la demanda”.
La Juez ha valorado todas las pruebas aportadas, entre las que se hallaba el pericial forense que ha sido más desfavorable:
“Así, por un lado, contamos con la testifical de la Sra. ........, la cual tras examinar los informes, concluye que el Sr......... no supera los baremos de tercera persona, que el mismo puede desplazarse, y conserva su autonomía funcional.
La misma concluye que a pesar que el Sr. ............., presenta limitaciones para las actividades de la vida cotidiana, no depende de terceras personas, para efectuar actividades de la vida cotidiana, tales como compras, lecturas, etc.
Asimismo, contamos con al pericial del Sr. ............., el cual sostuvo que a pesar que el Sr. ............., presentaba dificultades, el mismo podía hacer las actividades normales, las propias de la autonomía personal.Por último contamos con la pericial del Sr. ..............., el cual concluye que a pesar que el Sr. ............., era una persona limitada, tampoco superaba el baremo de tercera persona ni de movilidad.
La Juez ha destacado todas las enfermedades padecidas por el actor, pero ha concluido que ninguna de ellas da derecho a la prestación de invalidez y que pese a las limitaciones no se halla carente de autonomía personal, desestimando la demanda:
“Pues bien, a la vista de lo expuesto, si bien es cierto, como se ha expuesto que el Sr. ........., padece una serie de limitaciones, ya que padece miopía magna, depresión, precisa de muletas para caminar sin embargo, dichas enfermedades no están incluidas dentro de las previstas en la póliza, ello no sólo se extrae de la documental que obra en autos, sino también de las testificales y periciales que obran en autos.A mayor, abundamiento no ha resultado acreditado que el Sr. .........., tenga una carencia definitiva y permanente de autonomía personal. Así mismo, a pesar que todos los que depusieron en Sala, manifestaron que las enfermedades que padecía el Sr. ............, podían haberse visto agravadas, lo cierto es que no consta documental alguna que lo acredite
Se ha condenado en costas a la parte actora.
La parte actora ha interpuesto Recurso de Apelación.