
Ponencia: Detective en la Compliance
06/03/2017
Localización de personas – Caso real Guerra Civil.
08/11/2017La prueba del detective

Desestimación de una demanda contra nuestro cliente
Sentencia que avala la prueba del detective:
Informo que se ha dictado sentencia contra demanda en el juicio verbal 367/2016 instado por D. ………., contra MUTUA, por estar en disconformidad con la extinción, en fecha 31 de julio de 2015, con la prestación de invalidez que venía percibiendo desde abril de 1996.
El Sr. ………….. está afecto de un transtorno bipolar, fundamentamos que en el año 1996, había un componente delirante y que estaba totalmente descompensado, hallándose en situación de carencia de autonomía personal y que con el tratamiento farmacológico ha habido una evolución favorable de la sintomatología, lográndose períodos de compensación de la sintomatología de la afección.
Se defendió que en julio de 2015, se realizó exploración del Dr. ……….que acreditó un resultado de 68 en la Escala de Evaluación Global , lo cual indica signos leves de desánimo y humor, pero no incapacidad para realizar las actividades de la vida cotidiana de ámbito doméstico y social.Se destacó que la resolución de disminución es del 50% y que no se establece necesidad de tercera persona, ni limitación de movilidad.
Asimismo, se contó con la prueba del Detective Privado “Abril Detectives”, que acreditó que el Sr. ….. realizaba exposiciones de pintura, relacionándose sin problema con grupos de hasta 20 personas y que conducía.
El seguimiento realizado de la evolución del actor hasta la extinción de la prestación, se acreditó con el informe de seguimiento de la Dra. ………..
En el juicio hubo pericial forense, que pese intentar en la vista favorecer al máximo al asegurado, manifestando que había sufrido amnesias y deterioro cognitivo importante, no determinó la estimación de la prestación de invalidez.El Juzgador ha acogido la definición de invalidez cubierta y el criterio médico de la evolución por brotes o agudizaciones, estableciendo que el actor puede realizar sus actividades cotidianas en los períodos de estabilización, desestimando la petición de invalidez:
“El riesgo cubierto en el supuesto que nos ocupa aparece descrito en el art. 5 del Reglamento de Prestaciones que consta en la Escritura otorgada en fecha 11 de abril de 1989, artículo cuyo contenido coincide con el expresado en el artículo 1 de las Condiciones Generales de la Póliza de autos, y que prevé que se hallará en situación de invalidez el mutualista que se encuentre carente, en forma definitiva y permanente, de autonomía personal como consecuencia de alguna de las causas que se indican.”
“Se exige pues que la patología sufrida, que necesariamente debe estar contemplada entre las previstas, provoque la carencia absoluta de autonomía personal y de un modo permanente, lo que no ocurre en el supuesto de autos puesto que el actor no carece de autonomía personal (sino únicamente de autonomía instrumental), y únicamente “puede” carecer de dicha autonomía personal cuando se encuentre, en fase depresiva, en cuyo caso tampoco es permanente, sino que le será reintegrada al finalizar la fase depresiva.
Por último, debe señalarse que la circunstancia de que el INNSS haya reconocido al actor una invalidez permanente absoluta, no determina en modo alguno el resultado del presente procedimiento.
Las anteriores consideraciones conducen a la desestimación de la demanda.”